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Lucas Carrasco fue condenado a 9 años de prisión por violación

El periodista Lucas Carrasco fue condenado hoy a 9 años de prisión por el abuso sexual con acceso carnal de una joven ocurrido en 2013, mientras que fue absuelto en el otro caso denunciado. Los jueces ordenaron su detención, pero recién se concretará cuando la sentencia quede firme.

La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional número 9 de la Capital Federal, y la lectura del fallo corrió por cuenta de la jueza Ana Dieta de Herrero. Se trata de la misma magistrada que hace dos meses fue parte del tribunal que condenó a 22 años de cárcel al rockero Cristian Aldana por corrupción de menores.

El juicio se había iniciado el miércoles pasado y llegó hoy a su fin con la sentencia. “No soy un violador. La mera aparición de esa palabra es una situación vergonzosa. Puedo tratar mal a alguien o ser irrespetuoso, pero no cometer un delito”, había dicho Carrasco durante el proceso. “He estado con muchas mujeres tanto en los años que viví en Buenos Aires como en Santa Fe: nunca he tenido ningún problema”, agregó.

La fiscalía había pedido siete años de cárcel en la primera audiencia, mientras que la querella de Sofía Otero, la denunciante, había solicitado nueve años. El hecho ocurrió en febrero de 2013, cuando se encontró con Carrasco y este la penetró por el ano sin su consentimiento.

En su alegato, Guillermo Vartorelli, abogado de Carrasco, cuestionó la figura de testigo única pues la acusación se basa en la declaración de la propia víctima, que denunció el caso tres años más tarde.

La segunda denuncia de violación fue hecha por una joven que pidió no revelar su identidad. Por este caso, ocurrido en 2015, y por el cual el fiscal Ariel Yapur no acusó a Carrasco ya que entendió que no configuró un hecho de abuso sexual, fue absuelto. Según la denuncia, Carrasco había obligado a la denunciante a practicarle sexo oral.

Los fundamentos se darán a conocer el 18 de septiembre. A partir de ese momento, la defensa de Carrasco tendrá diez días para apelar.

Fuente: P/12