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Le tiene que pagar 8 millones de pesos a su ex porque durante casi 30 años ella se dedicó a las tareas del hogar

La Cámara Civil confirmó un fallo de primera instancia que beneficia a una licenciada en Economía de 70 años. La Justicia sumó la perspectiva de género y cuestionó la subordinación a la que se somete a la mujer. 

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó un fallo de primera instancia que condenó a un hombre a pagarle una indemnización de ocho millones de pesos a su ex esposa de 70 años, licenciada en Economía. El fallo tuvo en cuenta la perspectiva de género y cuestionó la subordinación de la mujer, porque ella, durante casi 30 años, hizo abandono de su labor profesional para dedicarse de lleno a la atención del hogar compartido. El fallo es considerado novedoso, dado que hasta el momento nunca se concedió una suma tan alta como compensación económica para remediar la pérdida sufrida por una mujer que, de haber trabajado todos esos años, hoy tendría un reaseguro económico del que carece.

La mujer, identificada como M. L., que hoy tiene 70 años, y su ex esposo, D.B., estuvieron casados entre 1982 y 2009. Vivieron primero en Comodoro Rivadavia y luego en el barrio porteño de Palermo. En el fallo se dijo que tenían un proyecto familiar sobre la base de la división tradicional de roles. Mientras el hombre trabajaba, la mujer se dedicaba a la crianza de los hijos y a las tareas domésticas.

El fallo de primera instancia de la jueza Victoria Famá señaló que “la dependencia económica de las esposas frente a sus maridos es uno de los mecanismos centrales mediante los cuales se subordina a las mujeres en la sociedad. (…) En la mayoría de las familias las mujeres todavía asumen principalmente la carga de las tareas domésticas y el cuidado de los hijos, aun cuando desempeñan alguna actividad externa”.

La pareja se separó en 2009 y el divorcio se concretó dos años después. Una vez finalizado el proyecto familiar en común, también se rompió el equilibrio. En ese contexto, la mujer tuvo padecimientos económicos, mientras que el hombre gozó de “un buen pasar”. La jueza tuvo en cuenta la edad de la mujer, porque “luego de 27 años de matrimonio el accionado la abandonó cumplidos sus 60 años”, edad en la que las mujeres acceden a la jubilación, beneficio del que ella se vio privada. En el fallo de la Cámara se justificó la suma de ocho millones de pesos porque se entiende que es una “suma razonable a fin de reequilibrar la situación económica dispar de los cónyuges resultante del matrimonio y su ruptura”. En el cálculo se tuvieron en cuenta “las circunstancias personales y situación patrimonial de las partes”. Se tomó en cuenta que M.L. es una profesional que resignó su desarrollo para ocuparse de los quehaceres hogareños.