Es para aquellos contribuyentes que abonaron sus obligaciones ante la AFIP por débito automático o tarjeta de crédito durante 2020.
Aquellos contribuyentes que hayan iniciado la actividad el año pasado y por ello no hubieran abonado 12 meses completos tendrán la devolución del 50%, siempre que la cantidad de cuotas pagadas en término fueran de 6 a 11.
El monto acreditado -o los motivos por los cuales no se realizó el reintegro- podrá consultarse en el servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se ingresa con clave fiscal.
El reintegro se suma a distintas medidas implementadas por la AFIP para monotributistas y autónomos.
Con el objetivo de amortiguar el impacto económico de la pandemia, el organismo canalizó más de 600.000 Créditos a Tasa Cero y habilitó los beneficios para pequeños contribuyentes previstos en la Moratoria 2020.
Asimismo se suspendieron las bajas de oficio y las exclusiones del monotributo.

